miércoles, marzo 11, 2026

Aparece amparo de Andy vs. FGR; cuestiona posible detención

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Un Juzgado federal notificó hoy que fue presentado un amparo a nombre de Andrés Manuel López Beltrán y otras personas, para impugnar posibles órdenes de detención o aprehensión, o actos para incomunicarlos o forzar su desaparición.

López Beltrán, conocido como «Andy», es hijo del ex Presidente Andrés Manuel López Obrador y secretario de Organización de Morena.

El amparo 1728/2025 aparece en la lista de acuerdos del juzgado Noveno de Distrito en Materia Administrativa, y fue presentado este martes, señalando como autoridad responsable, entre otras, al titular de la Fiscalía Especializada en Materia de Delincuencia Organizada de la Fiscalía General de la República (FGR), que lleva la investigación por huachicol contra ex mandos de la Secretaría de Marina.

Se trata de un amparo de los conocidos como «buscadores», en el cual se reclaman «la detención, incomunicación e ilocalizabilidad (sic) de los detenidos, privación de la vida, desaparición forzada u orden de aprehensión», con el objetivo de que el Juzgado recabe informes de las autoridades responsables, para detectar si existe alguna de esas órdenes.

No se puede descartar que terceros ajenos a López Beltrán hubieran presentado la demanda sin su conocimiento, pues las formalidades habituales, como el otorgamiento de poderes a los abogados, no son necesarias cuando se reclaman este tipo de actos, sino que cualquier persona puede promover el amparo.

Este tipo de amparos usualmente se tramitan ante juzgados en materia penal, por lo que Verónica Beltrán Munguía, la nueva titular del Juzgado Noveno que apenas tomó posesión ayer, se declaró incompetente para seguir llevando el caso.

Previamente, la jueza concedió a los quejosos, cuyos nombres fueron censurados en la notificación pública, salvo el de López Beltrán, una suspensión de plano, como es obligatorio por ley cuando se reclaman este tipo de actos.

«Se decreta de plano la suspensión del acto reclamado, consistente en la desaparición forzada y posibles actos de tortura e incomunicación de las personas quejosas, en ese sentido, para el debido cumplimiento de esta suspensión, prevéngase a las autoridades señaladas como responsables, para que de inmediato cesen la desaparición forzada, la incomunicación y posible tortura que se dice es objeto las personas quejosas, así como cualquier otro de los prohibidos por el artículo 22 de la Constitución», ordenó la jueza.

«Prevéngase a dichas autoridades responsables para que, dentro del plazo de 24 horas, hagan del conocimiento de este juzgado la forma y términos en que den cumplimiento a la suspensión aquí decretada; asimismo, informen dónde puede ser localizadas dichas personas quejosas y, a disposición de qué autoridad se encuentran las mismas».

Ayer mismo, el Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de México, con sede en Nezahualcóyotl, rindió informe a la jueza, lo que indica que en el amparo se señaló como autoridades, además de la FGR, a jueces en materia penal que podrían haber ordenado aprehensiones.

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