San Luis Potosí se convirtió en una de las entidades del país donde quedó firmemente aprobada la reforma al artículo 16 de la Constitución local, reconociendo el derecho de las mujeres y personas gestantes a interrumpir su embarazo de manera libre, informada, autónoma y responsable.
La reforma fue avalada tras alcanzar el respaldo de 20 ayuntamientos. Otros 30 municipios no se pronunciaron dentro del plazo legal, lo que —según el artículo 138 de la Constitución estatal— se considera como aprobación tácita. Nueve cabildos votaron en contra.
Entre los municipios que respaldaron activamente la iniciativa destacan Soledad de Graciano Sánchez, Matehuala, Villa de Pozos, Tamazunchale, Cedral, Xilitla, Salinas, Rayón y Villa de la Paz, entre otros.
Con esta modificación, el artículo 16 constitucional ahora establece:
“El Estado de San Luis Potosí reconoce la vida digna como fundamento de todos los derechos de los seres humanos. Queda prohibida la pena de muerte, la cual no podrá aplicarse en ningún caso. Toda persona tiene derecho a decidir sobre su gestación de manera libre, informada, autónoma y responsable”.
Además, se reformaron los artículos 58 BIS y 58 TER de la Ley de Salud del Estado, que obligan a las instituciones públicas de salud a garantizar el acceso universal y gratuito a la interrupción legal del embarazo hasta las 12 semanas de gestación.
El decreto entrará en vigor tras su publicación en el Periódico Oficial del Estado, y representa un paso histórico en el reconocimiento de los derechos reproductivos en San Luis Potosí.