Alejandro Fernández Montiel, exfuncionario del DIF estatal condenado a 12 años y tres meses de prisión por el delito de violación específica agravada en contra de un menor de edad, fue puesto en libertad condicional la noche del viernes 19 de diciembre, luego de que un juez autorizara la sustitución de la pena, aunque la sentencia condenatoria permanece vigente.
Tras más de seis años de litigios, en los que su defensa no logró revertir la declaratoria de culpabilidad, Fernández Montiel accedió al beneficio previsto en el artículo 144 de la Ley Nacional de Ejecución Penal, que permite sustituir la pena privativa de la libertad bajo determinadas condiciones. La resolución no implica absolución ni eliminación del delito, sino únicamente un cambio en la forma de cumplir la condena.
El exprocurador de la Defensa de las Personas Adultas Mayores del DIF estatal fue detenido el 23 de octubre de 2019, luego de ser denunciado por la violación de un menor de edad. En 2022 fue declarado culpable tras un proceso judicial marcado por señalamientos de irregularidades, lo que derivó en una serie de impugnaciones que prolongaron el caso hasta instancias superiores.
En una etapa del proceso, el Supremo Tribunal de Justicia del Estado ordenó la reposición del juicio; sin embargo, tribunales federales revocaron dicha determinación, con lo que se confirmó la sentencia condenatoria. En diciembre de 2024, incluso, le fue negado un amparo con el que buscaba anular la resolución que ratificó su culpabilidad, por lo que el caso parecía jurídicamente concluido.
A pesar de ello, un año después se autorizó la sustitución de la pena y su liberación condicional, decisión que se dio sin que hasta el momento el Poder Judicial ni la Fiscalía General del Estado hayan emitido un posicionamiento público o explicado los alcances de la resolución.
La liberación de Fernández Montiel ha generado inquietud social, al tratarse de un caso que marcó a la opinión pública potosina por la gravedad del delito y por el cargo que el sentenciado ocupaba al momento de los hechos. La condena continúa firme, pero el cumplimiento de la pena se realizará ahora fuera del centro penitenciario, bajo las condiciones que establezca la autoridad judicial.





