Un tribunal federal confirmó, en definitiva, que la UNAM no puede sancionar aYasmín Esquivel Mossa, Ministra de la Suprema Corte de Justicia, por el presunto plagio de la tesis de licenciatura que presentó en 1987, denunciado a finales de 2022.
El Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa desechó por improcedente el recurso de revisión fiscal intentado por la UNAM, para impugnar un fallo dictado el pasado 7 de marzo por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) en favor de Esquivel, quien será candidata para mantenerse en la Corte durante la elección judicial de 2025.
En ese fallo, el TFJA estableció que la UNAM debía sujetarse a una opinión emitida el 10 de enero de 2023 por su entonces Abogado General, Alfredo Sánchez Castañeda, quien consideró que la universidad carece de marco jurídico para revocar títulos y no tiene jurisdicción sobre sus ex alumnos, por lo que, a lo más, podía «condenar» el plagio.
En sesión del pasado 4 de diciembre, el tribunal colegiado resolvió por unanimidad que es improcedente el recurso de la UNAM para impugnar la sentencia del TFJA, es decir, no se pronunció sobre el fondo de la disputa.
«No se cumple con el principio de trascendencia para el orden jurídico nacional, porque la opinión de las autoridades universitarias sólo afecta asuntos internos, y tampoco hay importancia para la nación, porque no existe un daño patrimonial. Ello debido a que la controversia se refiere a un asunto interno del ámbito académico, que no está previsto en una norma federal», afirmó el tribunal colegiado.
En un comunicado emitido hoy, la UNAM admitió que ya no tiene manera de seguir adelante el procedimiento contra Esquivel, para aclarar si plagió la tesis que presentó en 1986 el alumno Edgar Ulises Báez, misma que es prácticamente idéntica a la defendida por la Ministra.
«Consecuente con su irrenunciable apego a la ley y el respeto al Estado de Derecho, la UNAM acatará en sus términos la resolución del tribunal que instruye a la Universidad a dejar sin efecto cualquier acto o procedimiento que vulnere los derechos de la hoy Ministra de la Suprema Corte de Justicia, Yasmín Esquivel», indicó hoy la casa de estudios.
«No obstante, el fallo judicial constituye una interferencia flagrante e inadmisible a la autonomía y la legislación universitarias. Establecer prohibiciones al actuar de los órganos universitarios, como el Comité Universitario de Ética (CUETICA), desde espacios ajenos a la academia, representa también un atentado a la libertad de expresión y al derecho a saber de la comunidad universitaria y de la sociedad en general», agregó.
La demanda de Esquivel ante el TFJA fue revelada por REFORMA el pasado 7 de agosto, pues el caso no se reflejó en listas públicas de ese tribunal con el nombre de la Ministra, sino con el de Ulises Cortés Dehesa, uno de sus abogados.
El propósito de la demanda fue exigir que esa «opinión» de Abogado General fuera reconocida como un acto administrativo de autoridad, vinculante para la UNAM. La Sexta Sala Regional Metropolitana de dicho tribunal le dio la razón.
«Se declara la existencia del derecho subjetivo derivado del oficio AGEN/09/2023 emitido por el Abogado General de la UNAM, cuya convalidación demandó la parte actora (Esquivel) y se condena a las autoridades demandadas al cumplimiento de las obligaciones correlativas derivadas del oficio, y a restituir a la actora (Esquivel) en el goce de sus derechos», ordenó el TFJA.
Además, el tribunal declaró la nulidad de actos de la UNAM posteriores al oficio de 10 de enero de 2023, incluida la convocatoria al CUETICA para investigar el presunto plagio.
Las conclusiones del CUETICA sobre el caso nunca fueron publicadas, porque lo impidió una demanda civil de la Ministra ante el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México (TSJCDMX), en donde el juez José Manuel Salazar Uribe concedió desde abril de 2023 la «medida cautelar» para silenciar a la UNAM.