El Tribunal Estatal Electoral (TEE) ordenó al Ayuntamiento de San Luis Potosí reponer la elección para designar al titular de la Dirección de la Unidad de Atención a Pueblos y Comunidades Indígenas, debido a que la convocatoria no fue traducida a las lenguas de cada etnia, tal como lo exige un mandato judicial previo.
Con esta resolución, se invalida el nombramiento de Palmira Flores García, quien ocupaba dicho cargo en el municipio. Las comunidades indígenas representadas por Zenón Santiago han denunciado en varias ocasiones la indiferencia de las autoridades municipales hacia sus demandas.
La sentencia, aprobada por unanimidad, destacó que en los documentos entregados por el Ayuntamiento no se evidencia que se haya publicado la convocatoria en lenguas maternas como Mazahua, Mixteca Baja, Xiou’i, Pames y Huachichil. Esta omisión incumple con la normativa de la ley local sobre consulta indígena.
Ante esta situación, el TEE determinó que se debe reponer el proceso electoral, para que se convoque a los pueblos y comunidades indígenas asentadas en el municipio, y así cumplir correctamente con la consulta indígena.
Los magistrados señalaron que, tras una revisión detallada de los documentos, no se encontraron traducciones de la convocatoria en todas las lenguas de los pueblos indígenas. Por ello, se propuso reponer el procedimiento para garantizar que todos los pueblos y comunidades indígenas de San Luis Potosí tengan acceso libre y adecuado a la elección de su nuevo director o directora de asuntos indígenas en la Administración Municipal.
La resolución también establece que el Ayuntamiento de San Luis Potosí y su Presidente Municipal no han cumplido con las sentencias del Tribunal del 15 de octubre de 2020 y la interlocutoria del 12 de abril de 2024. Finalmente, se hizo un llamado a los actores involucrados, incluidos los pueblos y comunidades indígenas del municipio, para que estén atentos a los efectos de esta sentencia.