El Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí (TEESLP) concluyó de manera definitiva el procedimiento especial sancionador en contra del periodista Juan José Rodríguez Medina, luego de que la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocara la sentencia que lo sancionaba por presunta violencia política en razón de género.
La resolución fue formalizada el pasado 25 de julio, una vez que el tribunal local recibió la notificación oficial del juicio SM-JDC-64/2025, en el cual las magistradas federales determinaron que las expresiones contenidas en la columna Nueve Esquinas constituían una crítica política válida dirigida hacia la presidenta estatal del PRI, Sara Rocha Medina, y no un ataque por su condición de mujer.
Inicialmente, el TEESLP había emitido una amonestación pública, solicitado una disculpa y exigido al periodista cursar una capacitación sobre violencia política, tras considerar que el contenido de su columna reproducía estereotipos de género.
Sin embargo, al revisar el caso, la Sala Monterrey concluyó que las expresiones señaladas no configuraban violencia de género, ya que hacían alusión al desempeño político y liderazgo partidista de Rocha Medina, sin referencias discriminatorias por su sexo.
Además, el tribunal federal identificó irregularidades en el proceso, como la incorporación de elementos probatorios sin otorgar previamente el derecho de audiencia al periodista, lo que también motivó la revocación del fallo.
Una vez que no se presentaron impugnaciones adicionales por parte de la denunciante, el Tribunal Electoral local instruyó el archivo del expediente como asunto totalmente concluido.