Admite SCJN  acción de inconstitucionalidad contra reforma electoral de San Luis Potosí

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió la acción de inconstitucionalidad promovida por el partido Somos México contra la reforma electoral de San Luis Potosí, recurso al que posteriormente se sumó el Ejecutivo federal.

Mediante un acuerdo emitido el pasado 30 de julio, la Comisión de Receso de la SCJN ordenó a los poderes Legislativo y Ejecutivo del estado presentar los informes correspondientes sobre el decreto 0571, aprobado por el Congreso local.

Como parte del procedimiento, el máximo tribunal también solicitó una opinión a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) y requirió al Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (Ceepac) informar la fecha de inicio del próximo proceso electoral en la entidad.

La impugnación presentada por Somos México sostiene que el Congreso del Estado modificó nuevamente la legislación electoral sin realizar previamente consultas a personas con discapacidad ni a pueblos y comunidades indígenas, pese a que la propia Suprema Corte había ordenado cumplir con esos mecanismos de participación.

De acuerdo con la activista Catalina Torres Cuevas, el Poder Legislativo incumplió la sentencia previa al aprobar nuevas modificaciones sin concluir las consultas pendientes.

La SCJN ya había invalidado reformas electorales de San Luis Potosí por motivos similares. En 2020 anuló la legislación electoral vigente y, en 2022, dejó sin efectos diversas disposiciones al considerar insuficientes las consultas realizadas a los sectores involucrados.

Aunque el plazo para cumplir con la resolución judicial venció en octubre de 2025, el Congreso aprobó una nueva reforma durante 2026 sin haber concluido dichos procedimientos, situación que ahora vuelve a ser revisada por la Corte.

Un día antes de la admisión del recurso, el vicepresidente de la Junta de Coordinación Política del Congreso del Estado, Rubén Guajardo Barrera, aseguró que el decreto fue elaborado con el propósito de superar una eventual revisión constitucional.

El legislador sostuvo que, en caso de una sentencia desfavorable, únicamente serían invalidados los artículos impugnados y no la totalidad de la reforma electoral.

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