El Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado continúa presentando una representación mayoritaria masculina, lo que representa un incumplimiento al principio de paridad de género establecido en la normativa vigente.
De acuerdo con la legislación que rige al Poder Judicial, el Consejo de la Judicatura está compuesto por cuatro miembros. Estos son el presidente del Supremo Tribunal de Justicia (STJE), un consejero designado por el Poder Legislativo, otro por el STJE y un cuarto miembro designado por el Ejecutivo Estatal. Es importante destacar que los dos últimos deben ser ratificados por el Congreso del Estado.
Actualmente, el Consejo está integrado por el magistrado Arturo Morales Silva, presidente del STJE; Rafael Aguiñaga Calderón, designado por el Congreso del Estado; María del Rocío Hernández Cruz, designada por el Poder Judicial; y Jesús Javier Delgado Sam, designado por el Ejecutivo Estatal.
Los consejeros tienen un periodo de nombramiento de cinco años, con la excepción del presidente del Consejo, cuya presidencia se ejerce por un año con posibilidad de reelección. Los demás consejeros deben ser sustituidos de manera escalonada, aunque se permite su reelección una sola vez.
En cuanto a la independencia e imparcialidad de los consejeros, el artículo 90, noveno párrafo de la Constitución Estatal asegura que estos no representan a quienes los designan, lo que garantiza la autonomía del Consejo de la Judicatura.
Sin embargo, a pesar de la reforma de 2019 al artículo 90 de la Constitución, que establece que la integración del Consejo debe cumplir con el principio de paridad de género, esta disposición sigue sin ser observada. En la última renovación de un cargo, en agosto de 2024, realizada por el Congreso del Estado, se eligió a Rafael Aguiñaga como consejero, sin que se lograra equilibrar la representación de género en el órgano judicial.
Este incumplimiento plantea un reto en la aplicación efectiva de políticas de paridad, evidenciando una necesidad de revisar y ajustar la conformación del Consejo para garantizar una verdadera equidad de género en las instituciones judiciales del estado.