Un tribunal federal rechazó amparar a Grupo Elektra para prolongar su litigio contra un crédito fiscal de 18 mil 455 millones de pesos, el más cuantioso que enfrenta.
Por dos votos contra uno, el Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa desechó el 15 de febrero un proyecto que amparaba a Elektra, para efectos de que el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) examinara de nueva cuenta argumentos de su demanda contra el SAT.
Salvador Alvarado y Martha Ortiz Brena, los magistrados que rechazaron el proyecto de su colega Fernando Silva, sostuvieron que ya cuentan con elementos para resolver en definitiva este asunto, que lleva ocho años en litigio, por lo que será returnado a un miembro de la mayoría para que presente nuevo proyecto.
La Sala Superior del TFJA avaló el crédito en octubre de 2020, porque en 2013, cuando salió del régimen de consolidación fiscal, Elektra tenía que haber reversado pérdidas de sus filiales que aprovechó para pagar menos impuestos en años anteriores.
Tanto Alvarado como Ortiz dieron a entender en la sesión pública del tribunal que estarían de acuerdo con esta postura.
Lo anterior, más allá de que otros tres tribunales tienen pendiente resolver si las pérdidas declaradas por Elektra en los años 2008 a 2012 fueron ilegalmente deducidas, como sostiene el SAT, que por este tema fincó tres créditos a la empresa por un total de 8 mil 351 millones de pesos.
Para Elektra, esto implica una contradicción del SAT, pues por una parte ha rechazado la existencia de las pérdidas que declaró en los años mencionados, pero por otra, afirma que tuvo que haberlas tomado en cuenta cuando salió del régimen de consolidación.
«Es el contribuyente el que manifestó en sus declaraciones que tuvo pérdidas en tal cantidad, y en el 2013, cuando se revisa la terminación de la consolidación fiscal, es el propio contribuyente quien se se auto determina. Considero que al tratarse de obligaciones diversas, no influye lo uno en lo otro», explicó la magistrada Ortiz, al justificar que el TFJA ya respondió a este argumento de Elektra.
«Para 2013, cuando finaliza el régimen de consolidación, la regla emitida por el legislador y validada por la Corte, radica en que estas mismas pérdidas que (Elektra) declaró, las tenía que revertir», agregó Alvarado.
Admitió que está por verse cuál será el monto final de las pérdidas del periodo 2008 a 2012 que serán reconocidas a Elektra como legales, según lo que resuelvan los otros tres tribunales, que no están obligados a sentenciar de manera simultánea ni con el mismo criterio.
La decisión del Vigésimo Tribunal será definitiva, luego de que la Suprema Corte rechazó en noviembre la propuesta del Ministro Luis María Aguilar para atraer los cuatro amparos directos de Elektra, y así resolver todo el conflicto de manera global.