El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí (TEESLP) desechó por unanimidad de votos la impugnación promovida en contra de la denominada “Ley Gobernadora”, al determinar que el análisis de fondo del asunto no corresponde a su ámbito de competencia.
Durante la sesión pública celebrada este 12 de enero de 2026, el órgano jurisdiccional resolvió que la reforma electoral cuestionada ya fue aprobada por el Congreso del Estado de San Luis Potosí, por lo que cualquier revisión sobre su constitucionalidad deberá realizarse en otra instancia, aun cuando la modificación no haya sido publicada oficialmente.
La sesión fue encabezada por la magistrada presidenta Denisse Porras Guerrero, quien condujo la discusión del juicio para la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía identificado con el expediente TESLP-JDC-122-2025.
El recurso fue promovido por Luis Fernando Leal Beltrán, quien impugnó la iniciativa de reforma electoral impulsada por el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (Ceepac). Dicha reforma establece en sus artículos transitorios que, para el proceso electoral local ordinario de 2027, las candidaturas a la gubernatura de San Luis Potosí deberán ser exclusivamente de mujeres.
El Tribunal determinó que, al tratarse de una reforma legislativa ya aprobada, el TEESLP carece de atribuciones para pronunciarse sobre el fondo del planteamiento, por lo que procedió a desechar el medio de impugnación sin entrar al análisis del contenido de la reforma.
Con esta resolución, el órgano electoral local cerró la vía jurisdiccional en esta instancia, dejando abierta la posibilidad de que el debate sobre la legalidad y constitucionalidad de la llamada Ley Gobernadora continúe en otros ámbitos judiciales.





