Por mayoría de 8 votos, el Pleno de SCJN resolvió que sí procede la consulta de magistrados y jueces federales respecto a una posible afectación de la Reforma Judicial
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revisará la Constitucionalidad de la Reforma Judicial esto al aprobarse con 8 votos a favor y 3 en contra el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara, que aborda los recursos presentados por jueces y magistrados a fin de que la Corte analice su legalidad.
Se resolvió que sí procede la consulta de las y los magistrados y jueces federales respecto a una posible afectación de la Reforma Judicial a la independencia judicial y al principio de división de poderes.
Durante la sesión pública del Pleno de la SCJN de este jueves 3 de octubre de 2024, se analizó la Consulta a Trámite 4/2024.
Votaron en contra las ministras Loretta Ortiz, Yasmín Esquivel y Lenia Batres.
A favor de la admisión de la consulta: Juan Luis González Alcántara Carrancá, Margarita Ríos-Farjat, Javier Laynez Potisek, Luis María Aguilar Morales, Alberto Pérez Dayán, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Norma Piña Hernández.
Así se pronunció el ministro Javier Laynez Potisek al hacer una pregunta sobre el papel de los jueces constitucionales:
¿El día que el Congreso decida que se debe someter a prisión vitalicia a las mujeres que interrumpan su embarazo, ustedes como juezas constitucionales tienen que acatar sin ni siquiera permitirse la oportunidad de reflexionar?
La ministra Margarita Ríos Farjat mencionó que “no hay razón jurídica para impedir el análisis de la Reforma Judicial”.
Es una consulta preliminar solo para saber cómo analizar lo que las personas magistradas nos plantean. Decirles que no procede nada, es decirles que no sin responder lo que están consultando
El ministro Luis María Aguilar Morales destacó que “la consulta sí procede” y que corresponde al Pleno de la SCJN definir cuál es el mecanismo para respetar la independencia judicial y si procede hacer control constitucional de la Reforma Judicial.
Las intromisiones a la autonomía del Poder Judicial de la Federación no solo afectan a este poder, sino que tienen un impacto directo en los derechos de acceso a la justicia de todas las personas en México
¿Por qué la SCJN admite estudiar el fondo de la Reforma Judicial?
Las personas juzgadoras solicitaron que la SCJN ejerza su facultad prevista en el artículo 11, fracción XXII la Ley Orgánica del Poder Judicial para conocer la controversia suscitada entre los tres poderes (Ejecutivo, Legislativo y Judicial). La consulta permitirá definir el trámite para atender el caso.
El Tribunal del Pleno de la SCJN emitió la siguiente resolución:
La Suprema Corte puede llegar a tener al momento de someter a control constitucional la reforma aludida (revisión de vicios estrictamente formales o también materiales de la reforma impugnada)
Por tanto, “atendiendo a la obligación de este Tribunal Pleno de velar a la autonomía e independencia del Poder Judicial de la Federación y de sus integrantes, procede que la ministra presidenta dicte un acuerdo en el cual reencauce la petición de los promoventes a la controversia prevista en la fracción XVII del artículo 11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y que la misma sea turnada al ministro o ministra que en derecho corresponda”